Dirección General de la Policía (Unidad de Estupefacientes)
La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, establece que será ejercido por el Cuerpo Nacional de Policía la investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga.
Dirección General de la Guardia Civil (Servicio Fiscal)
La misma Ley Orgánica 2/1986, establece que la Guardia Civil ejercerá las competencias relativas al resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando.
Servicio de Vigilancia Aduanera
Este Servicio se integra en la actualidad en el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, creada por Ley 31/1990, de 27 de diciembre, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda. Según la vigente Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando, el Servicio de Vigilancia Aduanera, en la investigación, persecución y represión de los delitos de contrabando, actuará en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y tendrá, a todos los efectos legales, carácter colaborador de los mismos.
Policías Autonómicas y Locales
Teniendo en cuenta que la Ley Orgánica 2/1986, asigna a las Policías Autonómicas y Locales, en el ámbito de la Policia Judicial, funciones colaboradoras de los Cuerpos de Seguridad del Estado, también en esta materia les corresponde esta función auxiliar.
Por lo que respecta a la aplicación de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección a la Seguridad Ciudadana, sobre las infracciones que se contemplan en el capítulo IV, sobre funcionamiento de establecimientos públicos y tenencia y consumo de estupefacientes en los mismos y en otros lugares públicos, las Policías Municipales desarrrollan actividades conexas en estas materias.